Orellana.- En Ecuador, beneficiarse de la comercialización de especímenes protegidos es un delito.Segundo Manuel Q. Y. fue sentenciado a dos años de privación de libertad, como responsable de vulnerar el derecho a la biodiversidad, al mantener en su poder diez aves silvestres, pertenecientes a seis especies que están en peligro de extinción por lo tanto su tenencia o comercialización está prohibida.
El graznido de las aves que se escuchaba en lo profundo de la vivienda del procesado, llamó la atención de las autoridades judiciales y de medioambiente.
Al allanar el lugar, el 25 de mayo de 2022, encontraron en el patio parados en una manguera tendida a manera de cordelun loro alinaranja, cuatro loras harinosas, una lora real y dos loros cabeciazul. En uno de los dormitorios hallaron a un perico alicobalto y a un guacamayo rojo escarlata.
Las aves constan en la lista de especies protegidas en el Ecuador y también en el apéndice 1 de la Convención Internacional de Tráfico de Especies (Cites).
Es decir, su transporte o movilización están prohibidos, según el análisis técnico e informático de las especies, elaborado por el especialista en vida silvestre Darwin Aulestia y explicado en su testimonio ante el Magistrado.
El perito biólogo, Diego Naranjo, precisó que entre las especies más traficadas en Ecuador están las loras reales, loras arenosas y la guacamaya escarlata, “esta última es una especie que está en el tope de las especies protegidas”.
Relató también que, durante el allanamiento, solicitaron al ciudadano un documento que acredite la tenencia de las especies. “Las aves se encontraban con las alas cortadas: no podían ni volverán a volar”.
La defensa de Segundo Manuel Q. Y., por su parte, argumentó que el procesado no conocía respecto a leyes o prohibiciones en materia ambiental. Además, la guacamaya escarlata se había caído de su nido y ellos la estaban criando.
Segundo Manuel Q. Y. deberá cumplir durante dos años: residir en el cantón Joya de los Sachas e informar cualquier cambio domicilio, prohibición de salida del país, presentarse en la Unidad Judicial Multicompetente una vez al mes, no reincidir y no tener otra instrucción fiscal por un nuevo delito.