Pichincha.- Ella falleció hoy 11 de marzo, según confirmaron allegados.Paola Roldán padecía esclerosis lateral amiotrófica (ELA), un mal neuromotor que degenera paulatinamente los músculos del cuerpo de las personas e impide controlar el movimiento de las extremidades.
La mujer logró que se legalice la eutanasia en Ecuador con la histórica sentencia emitida el miércoles 7 de febrero pasado por la Corte Constitucional, que falló a favor de su demanda y reconoció su derecho para tener acceso a una muerte digna.
En su sentencia, el máximo tribunal de garantías no admitió la inconstitucionalidad del artículo 144 del código penal de Ecuador que castiga con penas de entre diez y trece años de cárcel a la «persona que mate a otra», como demanda Roldán, y aprobó su «constitucionalidad condicionada».
Bajo esta fórmula, con siete votos a favor de sus nueve magistrados, la Corte determinó que dicho artículo será constitucional siempre que un médico acceda al pedido de eutanasia activa de un paciente de manera libre, informada e inequívoca, a causa del un padecimiento de intenso sufrimiento proveniente de una lesión corporal grave e irreversible o de una enfermedad grave e incurable.
El fallo del tribunal declaró también la «constitucionalidad aditiva» del artículo 6 del Código de Ética Médica, de modo que faculta a un médico para realizar el procedimiento de eutanasia dentro de las condiciones contempladas por la misma Corte para que no sea sancionado por homicidio.
En ese sentido, declaró inconstitucional artículo 90 del Código de Ética Médica, que quedó fuera del ordenamiento jurídico de Ecuador y que decía que «el médico no está autorizado para abreviar la vida del enfermo» y que «su misión fundamental frente a una enfermedad incurable será aliviada mediante los recursos terapéuticos del caso».