Pichincha.– La ex funcionaria habría interferido en el caso del exalcalde Jorge Yunga.Más de treinta elementos de convicción presentó la fiscal provincial de Pichincha, Ruth Amoroso, para sustentar el dictamen acusatorio contra la exjueza María Belén D., a quien señaló como autora directa del delito de tráfico de influencias.
La procesada habría interferido por intermedio de dos ayudantes judiciales en el trámite de una acción constitucional que presentó el exalcalde de Quito, Jorge Yunga para conservar su cargo como primera autoridad de la ciudad.
En la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, el presidente de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, Gustavo Osejo, desestimó la pretensión de la defensa de la procesada para que se declare la nulidad procesal, declarando la validez de todo lo actuado en el trámite de la causa, pues no encontró vicios de procedimiento ni procedibilidad.
Luego de escuchar la argumentación de las partes, el Magistrado aceptó el pedido de la fiscal Amoroso y dictó auto de llamamiento a juicio contra María Belén D., ratificando además las medidas cautelares que pesan en su contra: prohibición de salida del país, uso del grillete electrónico, presentaciones periódicas, prohibición de enajenar bienes y retención de cuentas por un monto de 19.800 dólares.
Según lo expuesto por la Fiscal Provincial, en su calidad de jueza, María Belén D. habría dispuesto por medio de funcionarios judiciales el ingreso de la acción constitucional al Complejo Judicial Sur de Quitumbe, con la consigna de que la causa debía recaer sobre ella, cuando lo que correspondía era que el proceso se lo tramite en la Unidad de Delitos Flagrantes, pues fue ingresado a las 17:03 del 18 de junio de 2021. Es decir, fuera del horario laboral.
Sin embargo, por pedido de la procesada, dicha acción de garantía constitucional presentada por Jorge Y. llegó a su despacho como un proceso de “violencia contra la mujer y la familia mediante acto urgente asistencia judicial recíproca”, logrando de esta forma que el expediente no se sortee entre los 331 jueces del Distrito Metropolitano de Quito, sino que las posibilidades se reduzcan a los cuatro de la Unidad Judicial de Violencia contra la Mujer y la Familia del Complejo Judicial Sur de Quitumbe, a la que pertenecía María Belén D.
Información jurídica
El artículo 285 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona al delito de tráfico de influencias con una pena privativa de la libertad de tres a cinco años.